Lo que debes saber
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No es una nueva ley: se trata de una aplicación mucho más estricta de una normativa europea que existe desde 2015.
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A partir de mediados de mayo de 2026, todos los productos alimenticios que mencionen CBD o THC en su etiqueta estarán sujetos a su retirada del mercado.
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Lo que sigue autorizado: flores de CBD para inhalar, semillas de cáñamo y sus derivados, e infusiones de hojas de cáñamo sin sumidades floridas.
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En Hempi, nuestras gummies de THC ya no estarán disponibles a partir de mediados de mayo. Nuestros aceites, cápsulas y gummies de CBD son conformes y siguen a la venta.
Desde finales de abril de 2026, los profesionales del CBD en Francia están recibiendo mensajes alarmistas. "Todos los productos de CBD serán prohibidos". "Es el fin del mercado". "Francia prohíbe el CBD". La realidad es a la vez más matizada y más compleja. Lo que está ocurriendo actualmente merece una explicación clara, sin catastrofismos ni minimizaciones.
El 15 de abril de 2026, la Dirección General de Alimentación (DGAL) reunió a los principales sindicatos y federaciones del sector del cáñamo para presentarles un plan nacional de control que entrará en vigor a partir de mediados de mayo de 2026. Este plan no crea nuevas reglas: aplica, de forma mucho más estricta que antes, una normativa europea vigente desde 2015. He aquí lo que esto significa concretamente.
1. Primero, un poco de contexto: ¿qué es el Novel Food?
Para entender lo que ocurre, hay que empezar por aquí. En Europa, cualquier ingrediente alimenticio que no se consumiera de forma significativa antes del 15 de mayo de 1997 está clasificado como "Novel Food", literalmente "nuevo alimento". Este estatus no es una prohibición en sí misma, pero impone un procedimiento de autorización previa antes de cualquier comercialización en la Unión Europea.
Es el reglamento europeo (UE) 2015/2283 el que regula esto. Y desde 2019, la Comisión Europea considera que los cannabinoides, incluido el CBD, entran en esta categoría: no se benefician de un historial de consumo humano significativo antes de mayo de 1997, por lo tanto, son Novel Food.
En la práctica: para que un cannabinoide pueda integrarse legalmente en un alimento en Europa, habría que presentar un expediente de autorización ante la Comisión Europea para ser aprobado. A día de hoy, no se ha concedido ninguna autorización de este tipo para el CBD ni para el THC como ingrediente alimenticio.
En pocas palabras: añadir CBD o THC a un producto alimenticio (un aceite, gummies, cápsulas, chocolates) es, técnicamente, ilegal en Europa desde 2019. Francia, hasta ahora, aplicaba esta regla de forma relativamente flexible. Lo que cambia en 2026 es la decisión de aplicarla realmente.
2. ¿Por qué está cambiando ahora? Las tres razones del endurecimiento
Este cambio de postura no ha surgido de la nada. Tres señales convergentes precedieron al plan de control de la DGAL de 2026.
Una señal científica: el dictamen de la EFSA de febrero de 2026
El 9 de febrero de 2026, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó una actualización importante de su evaluación del CBD como nuevo alimento. Las conclusiones son severas.
Tras analizar el conjunto de los datos toxicológicos disponibles, la EFSA ha establecido una dosis provisional de seguridad de 0,0275 mg por kg de peso corporal al día, es decir, alrededor de 2 mg de CBD al día para un adulto de 70 kg. Para dar una idea de la magnitud: la casi totalidad de los productos de CBD en el mercado ofrece dosis muy superiores, a menudo entre 10 y 50 mg por toma.
Lo que la EFSA también concluyó
Para las personas menores de 25 años, mujeres embarazadas o lactantes, y personas bajo tratamiento médico, la inocuidad del CBD no puede establecerse según el estado de los datos disponibles. La agencia señala incertidumbres persistentes sobre los efectos hepáticos, endocrinos y reproductivos a dosis regulares.
Importante: este umbral de 2 mg no significa que el CBD sea peligroso a dosis superiores para todo el mundo. Significa que la EFSA no dispone de datos suficientes para afirmar que es seguro por encima de ello. Un matiz importante, pero que basta a las autoridades para justificar una regulación estricta.
Una señal sanitaria: la comunicación de la ANSM / Anses de junio de 2025
En junio de 2025, la ANSM (Agencia Nacional de Seguridad del Medicamento) y la Anses publicaron una síntesis señalando un aumento de los casos de nutrivigilancia relacionados con productos a base de CBD. La mayoría de estos avisos concernían productos que contenían cannabinoides de síntesis o niveles de THC superiores al 0,3 % sin que los consumidores lo supieran: productos no conformes, por tanto. Pero este aumento ha contribuido a poner el tema en lo más alto de la agenda de las autoridades sanitarias.
Una señal política: la ausencia de autorización europea
Desde 2019, se han presentado más de 150 expedientes de solicitud de autorización Novel Food para el CBD ante la Comisión Europea. Ninguno ha llegado a buen puerto. El procedimiento está paralizado. La EFSA sigue evaluando cada expediente caso por caso, pero las lagunas científicas identificadas hacen improbable cualquier autorización a corto plazo.
Sin una autorización concedida y sin perspectivas cercanas de obtenerla, las autoridades francesas han decidido no mantener el statu quo.
3. Concretamente, ¿qué prevé el plan de control de la DGAL de 2026?
Esto es lo que la DGAL presentó durante la reunión del 15 de abril, traducido en términos claros.
¿A quién va dirigido?
A todos los productos alimenticios y complementos alimenticios comercializados en el mercado francés que contengan CBD, THC o cualquier otro cannabinoide. Esto cubre: aceites sublinguales, gummies, cápsulas, geles, chocolates, bebidas, infusiones que contengan sumidades floridas.
Todos los canales de distribución están afectados: tiendas de CBD, grandes superficies, farmacias, parafarmacias, máquinas expendedoras, venta online.
¿Cómo se activan los controles?
El detonante es el etiquetado. Si un producto menciona explícitamente "CBD", "THC" o cualquier otro cannabinoide en su envase, es susceptible de ser objeto de una medida de retirada. Esto se aplica independientemente del nivel de cannabinoides; incluso un producto con un 0,1 % de CBD en su composición se ve afectado desde el momento en que lo declara.
Las medidas previstas según la gravedad
| Situación | Medida prevista | Quién actúa |
|---|---|---|
| Mención CBD/THC en el etiquetado | Retirada del mercado (producto retirado de la venta, no necesariamente recuperado) | El propio operador |
| Producto considerado peligroso (THC superior a los límites legales) | Retirada y recuperación obligatoria | Operador, con posible decreto prefectoral si no se actúa |
| Presencia de estupefacientes cualificados (THC+isómeros superiores a los ARfD) | Procedimiento judicial | DDPP, fiscalía |
La DGAL no ha previsto ningún período de gracia. Los operadores deben proceder ellos mismos a las retiradas. En caso de inacción, se pueden activar decretos prefectorales tras un procedimiento contradictorio.
4. Lo que sigue autorizado: la excepción del cáñamo
No todo desaparece. La normativa europea distingue los cannabinoides (extractos aislados) de las partes de la planta que se benefician de un historial de consumo anterior a 1997. Por tanto, dos categorías siguen autorizadas.
✅ Autorizado
- Semillas de cáñamo y sus derivados directos (aceite de semilla, harina, proteínas)
- Infusiones acuosas de hojas de cáñamo, sin sumidades floridas
- Flores de CBD para fumar o vaporizar (regulación distinta)
- Productos cosméticos con CBD (no afectados por Novel Food)
❌ Sujeto a control
- Aceites con extracto de CBD
- Gummies de CBD o THC
- Cápsulas y geles de CBD
- Chocolates, bebidas, comestibles con CBD/THC
- Infusiones que contengan sumidades floridas
Matiz importante: los complementos alimenticios a base de CBD también caen en la categoría de Novel Food desde el momento en que contienen un extracto de cannabinoides, incluso aunque estén declarados como tales ante las autoridades. La DGAL, por cierto, ha anunciado que enviará una comunicación específica a los profesionales que hayan declarado este tipo de productos a través de la herramienta Compl'Alim.
5. Los complementos alimenticios de CBD: una zona de interpretación que queda por aclarar
Este es el punto que genera más confusión en el sector. Algunos operadores esperan que los complementos alimenticios declarados correctamente y formulados con CBD puro de alta calidad puedan ser tratados de forma distinta. La realidad es más incierta.
La DGAL ha incluido claramente los complementos alimenticios en el ámbito de los controles. Pero la distinción entre una retirada sistemática y un enfoque caso por caso, según la calidad del expediente del operador, todavía no está totalmente definida en la práctica. Lo que sí sabemos: sin una autorización Novel Food concedida, ningún producto está a salvo de un control.
Organizaciones profesionales como la UIVEC y el SPC cuestionan enérgicamente esta posición, al considerar que el plazo de un mes concedido entre el anuncio (15 de abril) y el inicio de los controles (mediados de mayo) es insuficiente para permitir a los operadores adaptarse. Según la UIVEC, cerca de 2.000 productores de cáñamo, 20.000 farmacias, 1.500 tiendas de CBD y varias cadenas de gran distribución están afectados, con una facturación estimada en unos 100 millones de euros solo para los complementos alimenticios a base de CBD.
Nota: el procedimiento de autorización Novel Food europeo sigue abierto. Hay expedientes siendo examinados por la EFSA. Si alguno de ellos llegara a buen puerto con una autorización, la situación podría evolucionar. Pero al ritmo actual de las evaluaciones y teniendo en cuenta las lagunas identificadas por la EFSA en febrero de 2026, una autorización a corto plazo parece poco probable.
6. Lo que esto cambia en Hempi
Preferimos ser directos con vosotros.
Nuestras gummies de THC ya no están disponibles
Las Magic Gummies de THC que ofrecíamos desde hace varios años serán retiradas de la venta a mediados de mayo de 2026. Anticipamos esta retirada desde el anuncio de la DGAL del 15 de abril. No es una decisión que hayamos tomado a la ligera; estos productos estaban formulados con Delta-9 THC natural, analizados en laboratorio y con niveles conformes al umbral del 0,3 % previamente tolerado. Pero, en el marco actual, su mantenimiento a la venta ya no era posible.
Nuestros productos de CBD: conformes y disponibles
Aquí es donde la situación es más matizada. Nuestros aceites de CBD, cápsulas de CBD y gummies de CBD están formulados por un laboratorio francés con el que trabajamos desde el principio. Este laboratorio ha anticipado la evolución normativa y nuestras formulaciones están diseñadas para ser conformes con las exigencias actuales en materia de trazabilidad, análisis y documentación.
Mantenemos estos productos a la venta con total transparencia, siguiendo la evolución de los controles y de las posiciones de las autoridades de forma semanal. Si la situación evoluciona, os informaremos directamente.
Lo que no cambia en Hempi
- Nuestras flores de CBD siguen disponibles (marco normativo distinto desde el Consejo de Estado de diciembre de 2022)
- Nuestros aceites, cápsulas y gummies de CBD se mantienen a la venta, formulados por nuestro laboratorio colaborador
- Todos nuestros análisis de laboratorio siguen disponibles bajo petición
- Seguiremos informándole de cualquier evolución normativa que afecte a nuestros productos
7. Lo que esto significa para usted como consumidor
Si utiliza productos de CBD o THC para su bienestar diario, aquí tiene los puntos importantes a tener en cuenta.
El consumo personal no está sujeto a estos controles. El plan DGAL se dirige a los operadores (fabricantes, distribuidores, vendedores), no a los consumidores. Utilizar productos de CBD que ya posee no le expone a ninguna sanción.
El suministro se complicará a corto plazo. Algunos productos desaparecerán de las estanterías rápidamente, especialmente los comestibles con THC (gominolas, chocolates, caramelos) y potencialmente algunos aceites de CBD dependiendo de cómo se lleven a cabo los controles. Si depende de un producto en particular para su rutina de bienestar, es razonable anticiparse.
Las flores de CBD no están afectadas. La normativa que se aplica aquí es la de los productos alimenticios. Las flores y hojas de CBD para inhalar o vaporizar responden a un marco jurídico distinto, validado por el Consejo de Estado en diciembre de 2022. No son objeto de este plan de control.
La situación aún puede evolucionar. Varias federaciones profesionales están preparando recursos legales. En los próximos meses podría producirse una aclaración europea sobre el estatus de los complementos alimenticios a base de CBD. Este asunto no está cerrado.
8. La cuestión de fondo: ¿por qué Europa sigue bloqueando?
Esta es la pregunta legítima que muchos se hacen. El CBD se vende desde hace años en toda Europa. Millones de personas lo utilizan. ¿Por qué aún no existe ninguna autorización alimentaria?
La respuesta honesta es que los datos científicos disponibles son insuficientes para cumplir con los estándares de seguridad impuestos por la EFSA en el marco de Novel Food. No es que se haya demostrado que el CBD sea peligroso. Es que no se ha demostrado que sea seguro a las dosis en las que se consume realmente, especialmente para las poblaciones vulnerables (jóvenes menores de 25 años, mujeres embarazadas, personas bajo tratamiento).
El umbral de 2 mg al día establecido en febrero de 2026 no significa que un aceite de 10 mg le vaya a envenenar. Significa que los estudios disponibles no permiten a la EFSA garantizar la ausencia de efectos adversos a largo plazo por encima de ese umbral. Es una posición de precaución, no una condena.
Los industriales que han presentado expedientes de autorización deben ahora aportar estudios toxicológicos complementarios para cubrir estas lagunas. Este trabajo está en curso. Una autorización sigue siendo posible, pero requiere tiempo e inversiones considerables.
Lo que pensamos de todo esto
Se puede entender la lógica de precaución que anima a las autoridades, aunque el momento elegido y la falta de un plazo de transición plantean problemas reales para todo un sector. Miles de puestos de trabajo, productores y artesanos que llevan años trabajando respetando las normas se encuentran en una situación difícil de la noche a la mañana.
En el fondo, creemos que la cuestión no es saber si el CBD debe estar regulado; debe estarlo, como cualquier ingrediente alimentario. La cuestión es saber si este marco puede construirse de forma progresiva, con los operadores serios en lugar de contra ellos, y con suficientes datos científicos para distinguir lo que presenta un riesgo real de lo que no lo presenta.
Seguiremos manteniéndole informado de la evolución de esta situación a lo largo de las semanas. Y si tiene preguntas sobre nuestros productos específicamente, nuestro equipo está disponible para responderlas.
Este artículo ha sido redactado con fines informativos. No constituye un consejo legal. Para cualquier decisión comercial relacionada con estos cambios normativos, consulte a un abogado especializado en derecho alimentario. Fuentes: presentación DGAL del 15/04/2026, declaración EFSA del 09/02/2026, reglamento (UE) 2015/2283, comunicados de SPC, UIVEC y Synadiet de abril de 2026.