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DGAL, Novedades alimentarias y CBD: lo que realmente cambia a partir de mayo de 2026

Lo que hay que recordar

  • No es una nueva ley: es una aplicación mucho más estricta de una regulación europea que existe desde 2015.

  • A partir de mediados de mayo de 2026, todos los productos alimenticios que mencionen CBD o THC en su etiqueta estarán sujetos a retirada del mercado.

  • Lo que sigue estando autorizado: las flores de CBD para inhalar, las semillas de cáñamo y sus derivados, las infusiones de hojas de cáñamo sin cogollos florales.

  • En Hempi, nuestros gomitas de THC ya no estarán disponibles a partir de mediados de mayo. Nuestros aceites, cápsulas y gomitas de CBD cumplen con la normativa y siguen a la venta.

Desde finales de abril de 2026, los profesionales del CBD en Francia están recibiendo mensajes alarmantes. "Todos los productos de CBD serán prohibidos." "Es el fin del mercado." "Francia prohíbe el CBD." La realidad es a la vez más matizada y más compleja. Lo que está ocurriendo actualmente merece una explicación clara, sin catastrofismo ni minimización.

El 15 de abril de 2026, la Dirección General de Alimentación (DGAL) reunió a los principales sindicatos y federaciones del sector del cáñamo para presentarles un plan nacional de controles que entrará en vigor a partir de mediados de mayo de 2026. Este plan no crea nuevas reglas: aplica, de manera mucho más estricta que antes, una regulación europea vigente desde 2015. Esto es lo que significa concretamente.

1. Primero, un poco de contexto: ¿qué es el Novel Food?

Para entender lo que está sucediendo, hay que empezar por aquí. En Europa, cualquier ingrediente alimentario que no se consumiera de forma significativa antes del 15 de mayo de 1997 se clasifica como "Novel Food", literalmente "nuevo alimento". Este estatus no es una prohibición en sí mismo, pero impone un procedimiento de autorización previa antes de cualquier comercialización en la Unión Europea.

Esto está regulado por el Reglamento europeo (UE) 2015/2283. Y desde 2019, la Comisión Europea considera que los cannabinoides, incluido el CBD, entran en esta categoría: no tienen un historial de consumo humano significativo antes de mayo de 1997, por lo que son Novel Food.

En la práctica: para que un cannabinoide pueda ser legalmente integrado en un alimento en Europa, sería necesario presentar un expediente de autorización a la Comisión Europea y que fuera aprobado. Hasta la fecha, no se ha concedido ninguna autorización de este tipo para el CBD ni para el THC como ingrediente alimentario.

En resumen: añadir CBD o THC a un alimento (un aceite, gomitas, cápsulas, chocolates) es, técnicamente, ilegal en Europa desde 2019. Francia, hasta ahora, aplicaba esta regla de manera relativamente flexible. Lo que cambia en 2026 es la decisión de aplicarla realmente.

2. ¿Por qué se mueve ahora? Las tres razones del endurecimiento

Este cambio de postura no ha surgido de la nada. Tres señales convergentes precedieron al plan de controles de la DGAL para 2026.

Una señal científica: el dictamen de la EFSA de febrero de 2026

El 9 de febrero de 2026, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó una actualización importante de su evaluación del CBD como nuevo alimento. Las conclusiones son severas.

Tras analizar todos los datos toxicológicos disponibles, la EFSA estableció una dosis provisional de seguridad de 0,0275 mg por kg de peso corporal al día, es decir, aproximadamente 2 mg de CBD al día para un adulto de 70 kg. Para dar una idea: la casi totalidad de los productos de CBD en el mercado ofrecen dosis muy superiores, a menudo entre 10 y 50 mg por toma.

Lo que la EFSA también concluyó

Para personas menores de 25 años, mujeres embarazadas o en período de lactancia, y personas bajo tratamiento médico, no se puede establecer la inocuidad del CBD con los datos disponibles. La agencia señala incertidumbres persistentes sobre los efectos hepáticos, endocrinos y reproductivos a dosis regulares.

Importante: este umbral de 2 mg no significa que el CBD sea peligroso en dosis superiores para todo el mundo. Significa que la EFSA no dispone de datos suficientes para afirmar que sea seguro por encima de ese umbral. Un matiz importante pero que es suficiente para que las autoridades justifiquen una regulación estricta.

Una señal sanitaria: la comunicación de la ANSM / Anses de junio de 2025

En junio de 2025, la ANSM (Agencia Nacional de Seguridad de los Medicamentos) y la Anses publicaron una síntesis que señalaba un aumento de los casos de nutrivigilancia relacionados con productos a base de CBD. La mayoría de estas notificaciones se referían a productos que contenían cannabinoides sintéticos o niveles de THC superiores al 0,3% sin el conocimiento de los consumidores, es decir, productos no conformes. Pero este aumento contribuyó a situar el tema en lo más alto de la agenda de las autoridades sanitarias.

Una señal política: la ausencia de autorización europea

Desde 2019, más de 150 expedientes de solicitud de autorización de Nuevo Alimento (Novel Food) para el CBD han sido presentados a la Comisión Europea. Ninguno ha prosperado. El procedimiento está estancado. La EFSA sigue evaluando cada expediente caso por caso, pero las deficiencias científicas identificadas hacen poco probable cualquier autorización a corto plazo.

Sin autorización concedida y sin perspectivas cercanas de obtener una, las autoridades francesas han decidido no mantener el statu quo.

3. Concretamente, ¿qué prevé el plan de controles DGAL 2026?

Esto es lo que la DGAL presentó en la reunión del 15 de abril, traducido en términos claros.

¿A quién va dirigido?

Todos los alimentos y complementos alimenticios comercializados en Francia que contengan CBD, THC o cualquier otro cannabinoide. Esto incluye: aceites sublinguales, gomitas, cápsulas, chocolates, bebidas, infusiones que contengan cogollos florales.

Todos los canales de distribución están afectados: tiendas de CBD, grandes superficies, farmacias, parafarmacias, máquinas expendedoras, venta online.

¿Cómo se activan los controles?

El detonante es el etiquetado. Si un producto menciona explícitamente "CBD", "THC" o cualquier otro cannabinoide en su envase, es susceptible de ser objeto de una medida de retirada. Esto se aplica sea cual sea el nivel de cannabinoides, incluso un producto con un 0,1% de CBD en su composición está afectado si lo declara.

Medidas previstas según la gravedad

Situación Medida prevista Quién actúa
Mención CBD/THC en el etiquetado Retirada del mercado (producto retirado de la venta, no necesariamente recordatorio) El propio operador
Producto considerado peligroso (THC superior a los límites legales) Retirada y recuperación obligatoria Operador, con posible ordenanza prefectural si no actúa
Presencia de estupefacientes calificados (THC+isómeros superiores a las ARfD) Procedimiento judicial DDPP, fiscalía

La DGAL no ha previsto ningún período de gracia. Los operadores deben proceder a las retiradas ellos mismos. En caso de inacción, se pueden dictar órdenes prefecturales al término de un procedimiento contradictorio.

4. Lo que sigue autorizado: la excepción del cáñamo

No todo desaparece. La normativa europea distingue entre los cannabinoides (extractos aislados) y las partes de la planta que tienen un historial de consumo anterior a 1997. Por lo tanto, dos categorías siguen estando autorizadas.

✅ Autorizado

  • Semillas de cáñamo y sus derivados directos (aceite de semilla, harina, proteínas)
  • Infusiones acuosas de hojas de cáñamo, sin cogollos florales
  • Flores de CBD para fumar o vaporizar (reglamentación distinta)
  • Productos cosméticos con CBD (no afectados por Novel Food)

❌ Sujeto a controles

  • Aceites con extracto de CBD
  • Gomitas de CBD o THC
  • Cápsulas de CBD
  • Chocolates, bebidas, comestibles con CBD/THC
  • Infusiones que contengan cogollos florales

Matiz importante: los complementos alimenticios a base de CBD también entran en la categoría de Novel Food siempre que contengan un extracto de cannabinoides, aunque estén declarados como tales ante las autoridades. La DGAL ha anunciado, además, que enviará una comunicación específica a los profesionales que hayan declarado este tipo de productos a través de la herramienta Compl'Alim.

5. Los complementos alimenticios de CBD: una zona de interpretación que aún debe aclararse

Este es el punto que genera más confusión en el sector. Algunos operadores esperan que los complementos alimenticios declarados correctamente y formulados con CBD puro y de alta calidad puedan ser tratados de forma diferente. La realidad es más incierta.

La DGAL ha incluido claramente los complementos alimenticios en el ámbito de los controles. Pero la distinción entre una retirada sistemática y un enfoque caso por caso, según la calidad del expediente del operador, aún no está totalmente definida en la práctica. Lo que se sabe: sin una autorización de Novel Food concedida, ningún producto está a salvo de un control.

Organizaciones profesionales como la UIVEC y el SPC impugnan enérgicamente esta posición, considerando que el plazo de un mes concedido entre el anuncio (15 de abril) y el inicio de los controles (mediados de mayo) es insuficiente para que los operadores se adapten. Según la UIVEC, se verán afectados cerca de 2.000 productores de cáñamo, 20.000 farmacias, 1.500 tiendas de CBD y varias cadenas de supermercados, por un volumen de negocio estimado en unos 100 millones de euros solo para los complementos alimenticios a base de CBD.

A tener en cuenta: el procedimiento de autorización de Novel Food europeo sigue abierto. Hay expedientes en curso de examen por la EFSA. Si uno de ellos obtuviera una autorización, la situación podría evolucionar. Pero al ritmo actual de las evaluaciones y dadas las deficiencias identificadas por la EFSA en febrero de 2026, una autorización a corto plazo parece poco probable.

6. Lo que esto significa para Hempi

Preferimos ser directos contigo.

Nuestras gomitas de THC ya no están disponibles

Las gomitas Magic THC que ofrecíamos desde hace varios años serán retiradas de la venta a mediados de mayo de 2026. Hemos anticipado esta retirada desde el anuncio de la DGAL del 15 de abril. No es una decisión que hayamos tomado a la ligera, estos productos estaban formulados con Delta-9 THC natural, analizados en laboratorio, con niveles conformes al umbral del 0,3% previamente tolerado. Pero en el marco actual, su venta ya no era factible.

Nuestros productos de CBD: conformes y disponibles

Ahí es donde la situación es más matizada. Nuestros aceites de CBD, cápsulas de CBD y gomitas de CBD están formulados por un laboratorio francés con el que trabajamos desde el principio. Este laboratorio ha anticipado la evolución normativa y nuestras formulaciones están diseñadas para cumplir con los requisitos actuales en materia de trazabilidad, análisis y documentación.

Mantenemos estos productos a la venta con total transparencia, siguiendo la evolución de los controles y las posiciones de las autoridades semanalmente. Si la situación evoluciona, te informaremos directamente.

Lo que no cambia en Hempi

  • Nuestras flores de CBD siguen disponibles (marco normativo distinto desde el Consejo de Estado de diciembre de 2022)
  • Nuestros aceites, cápsulas y gomitas de CBD se mantienen a la venta, formulados por nuestro laboratorio asociado
  • Todos nuestros análisis de laboratorio siguen disponibles bajo petición
  • Seguiremos informándote de cualquier evolución normativa que afecte a nuestros productos

7. Qué significa esto para ti como consumidor

Si utilizas productos de CBD o THC para tu bienestar diario, estos son los puntos importantes que debes recordar.

El consumo personal no está afectado por estos controles. El plan de la DGAL se dirige a los operadores (fabricantes, distribuidores, vendedores), no a los consumidores. Utilizar productos de CBD que ya posee no le expone a ninguna sanción.

El suministro se complicará a corto plazo. Algunos productos desaparecerán rápidamente de los estantes, especialmente los comestibles con THC (gominolas, chocolates, caramelos) y potencialmente algunos aceites de CBD, dependiendo de cómo se lleven a cabo los controles. Si depende de un producto en particular para su rutina de bienestar, es razonable anticiparse.

Las flores de CBD no están afectadas. La normativa aplicable aquí es la de los productos alimenticios. Las flores y hojas de CBD para inhalar o vaporizar están sujetas a un marco legal distinto, validado por el Consejo de Estado en diciembre de 2022. No son objeto de este plan de controles.

La situación aún puede evolucionar. Varias federaciones profesionales están preparando recursos legales. Una aclaración europea sobre el estatus de los complementos alimenticios a base de CBD podría llegar en los próximos meses. Este asunto no está cerrado.

8. La cuestión de fondo: ¿por qué Europa sigue bloqueando?

Es la pregunta legítima que muchos se hacen. El CBD se ha vendido durante años en toda Europa. Millones de personas lo usan. ¿Por qué todavía no hay ninguna autorización alimentaria?

La respuesta honesta es que los datos científicos disponibles son insuficientes para cumplir con los estándares de seguridad impuestos por la EFSA en el marco de Novel Food. No es que el CBD esté probado que sea peligroso. Es que no está probado que sea seguro en las dosis a las que se consume realmente, especialmente para las poblaciones vulnerables (jóvenes menores de 25 años, mujeres embarazadas, personas bajo tratamiento).

El umbral de 2 mg por día establecido en febrero de 2026 no significa que un aceite de 10 mg lo envenene. Significa que los estudios disponibles no permiten a la EFSA garantizar la ausencia de efectos adversos a largo plazo más allá de este umbral. Es una postura de precaución, no una condena.

Los industriales que han presentado solicitudes de autorización ahora deben proporcionar estudios toxicológicos complementarios para llenar estas lagunas. Este trabajo está en curso. Una autorización sigue siendo posible, pero requiere tiempo e inversiones considerables.

Lo que pensamos de todo esto

Podemos entender la lógica de precaución que anima a las autoridades, aunque el momento y la ausencia de un período de transición plantean problemas reales para todo un sector. Miles de empleos, productores y artesanos que han trabajado durante años respetando las normas se encuentran en una situación difícil de la noche a la mañana.

En el fondo, creemos que la cuestión no es si el CBD debe regularse, debe serlo, como cualquier ingrediente alimentario. La cuestión es si este marco puede construirse de forma progresiva, con los operadores serios en lugar de contra ellos, y con suficientes datos científicos para distinguir lo que presenta un riesgo real de lo que no lo presenta.

Continuaremos manteniéndoles informados de la evolución de esta situación a lo largo de las semanas. Y si tiene preguntas sobre nuestros productos específicamente, nuestro equipo está disponible para responderlas.

Este artículo se redacta con fines informativos. No constituye un consejo legal. Para cualquier decisión comercial relacionada con estas evoluciones reglamentarias, consulte a un jurista especializado en derecho alimentario. Fuentes: presentación DGAL del 15/04/2026, declaración EFSA del 09/02/2026, reglamento (UE) 2015/2283, comunicados de SPC, UIVEC y Synadiet de abril de 2026.

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